Nuevas Reglas de Procedimiento Civil

 

Resolución del Tribunal Supremo creando el Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Civil

 

Informe del Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Civil

 

Cambios dirigidos a la agilización de los procedimientos

 

Cambios dirigidos a incluir los avances tecnológicos

Cambios dirigidos a promover el Acceso a la Justicia


Mensaje del Juez Presidente en la Academia Judicial Puertorriqueña

 

 

Es con gran satisfacción que les comunico la reciente aprobación de las Reglas de Procedimiento Civil que derogarán las reglas vigentes, aprobadas en el 1979 y que conforme a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en su Artículo V, Sección 6, el Tribunal Supremo sometió para consideración de la Asamblea Legislativa en la pasada sesión legislativa.
Estas nuevas reglas transforman el procedimiento civil tradicional en uno más dinámico y proactivo:

 

  • Dotan a los jueces y juezas de mecanismos procesales específicos para tomar control de los casos desde su inicio e instar a las partes a ser ágiles y eficientes, evitando la dilación de los procedimientos y reduciendo sus costos. 

 

  • Establecen criterios para que el descubrimiento de prueba sea razonable y sea mejor su manejo para las partes.  Con ello se pretende agilizar una etapa procesal que típicamente es de las más dilatorias. 

 

  • Incorporan los medios electrónicos modernos para la toma de deposiciones a distancia, ya sea por teléfono o videoconferencia. Con ello se busca evitar la suspensión de toma de deposiciones cuando las partes y sus abogados o abogadas no puedan estar físicamente en un mismo lugar. 

 

  • Incorporan la notificación de escritos vía fax o por correo electrónico para agilizar y abaratar los costos del trámite de notificación entre los abogados o abogadas del caso, y les conceden facultad para expedir citaciones sin tener que esperar que las expidan las Secretarías de los Tribunales. 

 

Entre otras innovaciones se destaca el que las nuevas Reglas fomentan el más amplio acceso de la ciudadanía a su sistema de justicia con el reconocimiento de la representación por derecho propio. Otra modificación muy importante es que a través de las Reglas se reducen las situaciones en que las partes pueden acudir al Tribunal de Apelaciones para solicitar la revisión de órdenes y resoluciones interlocutorias. Con ello se pretende disminuir la presentación de estos recursos que muchas veces encarecen y dilatan los procesos, agilizar los pleitos ordinarios y reducir el flujo de recursos que atiende el Tribunal de Apelaciones.

 

El proceso de revisión de las Reglas fue amplio e intenso y contó con la participación de todos los sectores que inciden en los procesos judiciales. La revisión comenzó en el 2005 y estuvo a cargo de un Comité que contó entre sus integrantes con miembros de la judicatura, de la academia, y reconocidos abogados y abogadas en la práctica privada.  Los cambios en las Reglas de Procedimiento Civil tomaron en consideración los requerimientos de la Ley de la Judicatura de 2003 e incorporan a los procesos civiles las transformaciones tecnológicas que durante los últimos tiempos han experimentado la Rama Judicial y el sistema de justicia en general.

 

Estas Reglas forman parte de un gran proyecto de modernización de toda la Rama Judicial, que comenzó con la aprobación de unas nuevas Reglas de Evidencia en febrero de 2009, que tendrá como próximo paso la revisión de las Reglas de Procedimiento Penal y que culminará con la mecanización del trámite judicial.

 

Les exhorto a visitar el Portal de la Rama Judicial donde encontrarán las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, http://www.ramajudicial.pr/, las cuales representan otro paso de avance hacia la meta que nos hemos propuesto de proveerle al pueblo de Puerto Rico una Judicatura cada vez más ágil y responsiva a sus necesidades.


3 de febrero de 2010