Regla 53 - Vigencia
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Este Reglamento entrará en vigor el 2 de enero de 2012 y aplicará a todos los procedimientos pendientes a esa fecha. Una vez este Reglamento esté en vigor, quedará derogado el Reglamento del Tribunal Supremo aprobado el 25 de abril de 1996.

 

 

 

 

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